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DAE PUCV

Proceso SUSPENSIÓN de BENEFICIOS MINISTERIALES Segundo Periodo

Los estudiantes que no se matriculen el segundo semestre del año 2020 y sean beneficiarios de alguna ayuda para el pago de aranceles financiadas por el Ministerio de Educación (Becas fiscales, Gratuidad, Crédito Solidario) podrán congelar estos beneficios.


En el caso de los estudiantes de primer año, cuya matrícula es anual, podrán solicitar la suspensión de beneficios sólo si realizaron Interrupción de Estudios para el segundo semestre 2020 o efectuaron Retiro Total de Asignaturas el primer semestre (no reincorporándose el segundo semestre 2020).


A continuación, según cada caso, se informan los distintos procedimientos:

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PROCEDIMIENTO SUSPENSIÓN DE BECAS Y GRATUIDAD


Si el semestre a suspender corresponde a un primer o segundo periodo académico sin matrícula, durante toda la carrera, sólo se debe presentar el formulario de suspensión.


En cambio, si se solicita suspender un tercer periodo sin matrícula, los estudiantes deberán presentar el formulario y acreditar causales justificadas, según lo indica el Ministerio de Educación: Embarazo, cambio en la situación socioeconómica del grupo familiar, condición de estudiante trabajador, cambio de residencia familiar, académicas, pasantía en el extranjero, problemas de salud del estudiante o de algún integrante de grupo familiar directo, condición de estudiante padre o madre, problemas legales u otras razones de fuerza mayor que impidan la continuidad de estudio del alumno.


Descarga el Formulario de Suspensión:






Si te corresponde presentar documentos y certificados que exige MINEDUC para acreditar la causal de fuerza mayor, deberás adjuntar una carta dirigida al Ministerio de Educación, detallando los motivos y el tiempo que solicitas suspender el beneficio.


En el siguiente link encontrarás los documentos a presentar según corresponda: Documentos para Suspender Beneficios


La recepción del formulario y de los documentos de respaldo se realizará exclusivamente a través de correo electrónico. El formulario debe ser enviado en formato PDF, legible y registrar la firma del estudiante. En caso de documentación de respaldo, todos los documentos (a excepción del formulario) deben presentarse en un sólo archivo, formato PDF.


El formulario y los documentos de respaldo deben ser enviados a: suspension.dae@pucv.cl hasta el día 25 de septiembre.

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IMPORTANTE


En el caso de las becas ministeriales, se podrán suspender por un período máximo de dos semestres a lo largo de la carrera. El reglamento que rige las becas de arancel señala: “(…) la suspensión será autorizada por el Ministerio de Educación y hasta por el período máximo de un año. Sin perjuicio de lo anterior, el Ministerio de Educación podrá autorizar por razones debidamente justificadas la suspensión por más de un año académico “.

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PROCEDIMIENTO SUSPENSIÓN FONDO SOLIDARIO DE CRÉDITO UNIVERSITARIO


Si un estudiante suspende sus estudios y es beneficiario de Fondo Solidario de Crédito Solidario, no deberá realizar ningún trámite dado que la suspensión de este beneficio es automática. Si el tiempo de suspensión de los estudios supera los 4 semestres, el estudiante deberá participar del proceso de DECLARACIÓN DE INGRESOS, según lo indicado en la Ley 20.572. Para más información se debe consultar la página http://www.fscu.pucv.cl


Para mayor información o consultar sobre el proceso de suspensión de beneficios, se debe escribir al correo: denisse.eguren@pucv.cl.

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